Sí. El permiso legal para consumo personal de cannabis también incluye el derecho al autocultivo, siempre que sea para uso exclusivo del titular y no con fines de venta o distribución.
Actualmente, la ley no establece un número máximo de plantas. Esto se debe a que COFEPRIS no ha emitido los lineamientos técnicos definitivos, y el Congreso no ha legislado completamente sobre el tema. Sin embargo, el criterio de los jueces federales y la Suprema Corte ha sido claro: el cultivo debe ser razonable y proporcional al consumo personal.
En la práctica, se considera prudente no superar de 4 a 6 plantas maduras por persona. Este número es una referencia común en sentencias de amparo, pero puede variar según tu caso, tu consumo y el espacio de cultivo.
Además, se deben cumplir condiciones básicas:
- El cultivo debe ser en un espacio privado.
- No debe haber acceso a menores de edad.
- Debe existir un control sobre el destino del producto (es decir, consumo personal).
En Cannabis Rights México solicitamos expresamente tu derecho al autocultivo en tu permiso. Lo justificamos jurídicamente y lo protegemos en caso de revisión o conflicto. Si ya fuiste víctima de decomiso, también podemos representarte legalmente.
Tus derechos no se fuman. Se defienden.
